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lunes, 8 de agosto de 2011

LA GUÍA DE DESPACHO




¿En qué casos es obligatorio emitir guías de despacho?

Cuando los vendedores postergan la emisión de la factura y cuando disponen el traslado de bienes corporales muebles.
Entonces son dos situaciones:

a) En una venta
b) Por traslado de bienes, que no implican venta.

Timbraje y numeración de las Guías de despacho.

Las guías de despacho deben ser timbradas por el SII y tienen una numeración única nacional.
Tienen fecha de vigencia igual que en las facturas.

EJEMPLARES Y DESTINO

Original : Se entrega a quien retira el bien para su traslado.
Duplicado : Lo conserva el emisor. Si corresponde, deberá facturar.
Triplicado : También se entrega a quien retira el bien. Es el control tributario.
Cuadruplicado: Cobro ejecutivo: lo conserva el emisor, salvo en el caso de que la venta sea al contado.

DATOS IMPRESOS

Debe decir “Guía de despacho” 
Nombre o razón social del emisor.
Número de Rut.
Domicilio de la casa matriz y sucursales.
Comuna o nombre del lugar.
Giro del negocio.
Teléfono y casilla, si corresponde.
Numeración correlativa única.

DATOS QUE DEBEN SER LLENADOS:

- Identificación del comprador o destinatario de los bienes, con el nombre o razón social, Rut, giro, comuna y teléfono.
- Fecha de emisión de la guía, que debe coincidir con el inicio del traslado. (muy importante, no se pueden trasladar bienes con guías antiguas.)
- Detalle de las especies, indicando número de unidades, peso o volumen si corresponde, su nombre y/o características y su valor unitario.

¿Se debe emitir una guía de despacho por el traslado de mercaderías entre la casa matriz y las sucursales o entre sucursales?.

Si, se trata de un traslado de mercaderías que no es venta. En la guía debe quedar claro el motivo del traslado.

¿Qué pasa si no se factura una guía dentro del plazo legal? (5 primeros días del mes siguiente)

La sanción es la misma a no haber emitido la factura.

(multa del 50% al 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA).

FECHA DE VIGENCIA.

La guía de despacho, igual que la factura, tienen un lapso de tiempo determinado para su emisión y corresponde hasta el 31-12 del año siguiente al de su timbraje.

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